Desde el 17 de septiembre de 2026 el notario te pide cosas que antes no pedía. No es trámite de más ni desconfianza: es la ley nueva, y me alcanza a mí también.
El 17 de septiembre de 2026 entró en vigencia el Decreto 15-2026, la Ley Integral para la Prevención y Represión del Lavado de Dinero y del Financiamiento del Terrorismo. Para vos, que estás comprando, significa una cosa concreta: a la hora de escriturar, el notario tiene que identificarte bien y dejar documentado de dónde salió el dinero con el que pagaste.
Te lo digo de una porque prefiero que lo sepás de mí y no en la notaría: cuando yo te acompaño en una compra también soy persona obligada. Si en algún momento te pido un papel que antes no te pedía, es por esto y no porque dude de vos.
El notario está obligado a no hacer el traspaso. No es que no quiera: no puede, porque la responsabilidad le cae a él. Así que negarse no te ahorra el trámite, solo te deja el lote pagado y sin escriturar.
Y aquí viene la parte que casi nadie te está contando. La ley ya está vigente, pero su reglamento todavía se está escribiendo: el plazo para emitirlo vence en marzo de 2027. En ese reglamento es donde van a quedar escritos los formularios exactos, los montos desde los cuales aplica cada control y los plazos. Lo que te acabo de explicar es lo que la ley manda y lo que las notarías están pidiendo hoy en la práctica. Puede ajustarse cuando salga el reglamento, y el día que se ajuste actualizo esta página.
La ley no publicó todavía un monto desde el cual aplica en compraventa de inmuebles: eso quedó para el reglamento, que aún no sale. Mientras tanto las notarías están pidiendo la documentación sin fijarse en si el lote es caro o barato, así que lo prudente es prepararte igual.
Por eso te insisto desde el primer día en que guardés el voucher de cada cuota. Cuando llegue el momento de escriturar, ese fólder es justo lo que demuestra de dónde salió el dinero, mes por mes. El que los guardó escritura tranquilo; el que no, va a andar pidiendo reposiciones al banco.
Los comprobantes de cobro de las remesas, o el estado de cuenta donde las recibís. Si el que cobra aquí es un familiar tuyo, va a tener que aparecer en el expediente cómo llegó ese dinero hasta el pago del lote. Hablemos de eso antes de la cita y no después.
La ley no crea un impuesto ni un arancel nuevo. Lo que agrega es trabajo de verificación para el notario. Si en tu caso te cobran algo distinto a lo que te pasé por escrito, decímelo antes de pagar.
El que guarda sus papeles escritura en una cita. El que no, en tres.
Escribime y te contesto yo mismo. Sin compromiso y sin que nadie te apure: el que se apura se arrepiente, y yo vivo de que no se arrepientan.